este TRIBUNAL DE CONTROL N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIOPN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda:. PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, Abg. Susan Colina, en contra de los ciudadanos JOSE LEONEL RIVERA RIVERO, venezolano, natural de Betijoque, Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad N° 13.281.363, nacido en fecha 28-11-1976, de 29 años de edad, soltero, hijo de María Sabina Rivero( v) y de José Amador Rivero (v), obrero, estudió hasta el sexto grado de educación primaria, domiciliado en el sector Mesa Esperanza, casa s/n, al lado del señor Ramón Jiménez, Arapuey, Municipio Julio César Salas y JOSE RAUL PEÑA RIVERO, venezolano, titular de la identidad N° 15.590.829, natural de Valera, estado Trujillo, en fecha 24-06-1080, de 25 años de edad, soltero, hijo de María Hilda Rivera de Peña (d) y de Antonio Peña (v), .....