1.- DOCUMENTALES, por cuanto los instrumentos acompañados y marcados con los numerales, 1, 2, 3, 4, 5, en el folio 67 y su vuelto, que corren a los folios 70 al 78, están integrados por copias de instrumentos públicos, y por tanto no requieren de materialización, se admiten cuanto ha lugar en derecho salvo su valoración en la definitiva conforme a las previsiones del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
2.- DE LA CONSTANCIA DE TRABAJO QUE CORRE MARCADA E (folio79) Se trata de un instrumento privado emanado de tercero, a cuya admisión se opone el apoderado actor en escrito que corre al folio 82 y su vuelto, por lo que al observarse que no fue promovido para ser ratificado, mediante la prueba testimonial, conforme a las previsiones del artículo 431 del Código de Procedimiento Civil, se debe declarar con lugar la oposición formulada e inadmisible la prueba promovida. Así se decide
3.- DOCUMENTAL, por cuanto el instrumento acompañado y marcado con el litera.....