este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al Desistimiento realizado por la parte actora en la presente causa de DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), interpuesta por la ciudadana PAULA FIORELLA DEL VALLE CARLESI D’ AMICO, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 ejusdem. Así se decide.