MEDIACION POSITIVA. Hoy, dos (02) de julio de 2008, a las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), tuvo lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa FP11-L-2009-000650, previo sorteo publico efectuado el día de hoy y que consta en Acta Nº 105. Luego de analizar los puntos debatidos las partes lograron un convenio satisfactorio para ambas, por lo que este Tribunal , en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto que la mediación ha sido positiva y por cuanto los acuerdos a los cuales arribaron las partes previa revisión de las probanzas aportadas en esta audiencia, no vulneran derechos irrenunciables de la ciudadana: YULMAN ZAPATA, ni normas de orden público, Homologa la Transaccion, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dandose por concluido el proceso.