JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Tovar, Dos (02) de Julio de Dos Mil Diez. (2010)
200º y 150º
Visto la anterior causa presentada por los ciudadanos: RENE ENRIQUE FERRER LABRADOR Y JOHANA DEL CARMEN GONZALEZ GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Números: V- 15.357.522 y V- 18.637.229, respectivamente, domiciliados en Tovar Municipio Tovar del Estado Mérida y hábiles, asistidos en este acto por el Abogado CESAR AUGUSTO ALARCON, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.317.220, Inpreabogado N° 130.680, del mismo domicilio y hábil, la Juez después de exponer a los cónyuges las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio sin haberlo logrado, acuerda y procede conforme a lo dispuesto en los artículos 189 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el Artículo 762 y siguientes del Código de Procedimie.....