Vista la Solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: CUSTODIO ROMERO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.122.316, domiciliado en la Calle 20 con la Fermín Calderón Barrio Ezequiel Zamora de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y MANUEL SALVADOR ALVARADO DELGADO, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.972.380, domiciliado en la Calle 5 entre avenidas 12 y 13 la Peñita Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy. Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: CARLOS JOSE GARRIDO PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.463.945, de este domicilio, Sin perjuicios de T.....