esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ALEJANDRO JAVIER MORALES SUÁREZ, en su condición de Defensor de Confianza del ciudadano JOSE CONCEPCIÓN MARTÍNEZ ORTEGA, quien funge de acusado en la presente causa, en contra del pronunciamiento séptimo (7°) de la decisión proferida el día 20 de Diciembre de 2010, por el Juzgado Sexto (6°) de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se declaró sin lugar la petición de imposición de medida cautelar sustitutiva de libertad, conforme con lo pautado en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; por cuanto cumple los requisitos de legitimidad, tempestividad e impugnabilidad de los recursos conforme con el artículo 437 eiusdem.
Por otra parte, esta Corte de Apelaciones, estima n.....