En consecuencia, considera este Tribunal se encuentra cubiertos los extremos previstos en el artículo 26 y 257 de la Constitución Nacional, 585 y Parágrafo Primero del Artículo 588 del Código de Procedimiento Civil y 601 ejusdem, para que este Tribunal en resguardo de los derechos de las partes en el presente litigio, y sin que ello entre en analizar el fondo debatido, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA INNOMINADA MEDIANTE LA CUAL SE DESIGNE UN ADMINISTRADOR Y UN COMISARIO AD HOC, asumiendo el primero de ellos la representación de la empresa Editorial R.G., C.A, conocida popularmente en esta ciudad como Diario Nueva Prensa, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 28 de julio de 1.986; anotada bajo el Nro. 24, Tomo A-Nro. 18; con ultima asamblea anotada bajo el Nro. 15 tomo 37-A pro acta de asamblea extraordinaria celebrada en fecha 25/06/2008, recayendo el cargo de ADMINISTRADOR AD HOC, en la persona d.....