este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: REVOCA la decisión proferida en fecha 29/04/2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: se declara la INCOMPETENCIA de este Órgano Jurisdiccional para conocer y decidir el fondo de la presente causa, así como la del precitado Juzgado de Juicio, en tal sentido, se DECLINA LA COMPETENCIA para conocer y decidir en primera instancia al Juzgado de Municipio, en materia Civil, Mercantil y Tránsito de esta misma circunscripción, con Sede en Ciudad Bolívar, que le corresponda en virtud del trámite de distribución de causas, a los fines de conocer el asunto y provea lo conducente para garantizar la tutela judicial efectiva de ambas partes.