este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción por DESALOJO DE INMUEBLE incoada por el Abogado SEGUNDO RAMÓN RAMÍREZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.758, quien actúa en nombre y representación de la ciudadana ELAYNE FRANCISCA GAVIDIA OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.968.963, contra la ciudadana ARELYS YAMILETH VERDE CHÁVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.082.712, representada judicialmente por el Abogado HEIBERT JOSUE LINAREZ GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 188.500. En consecuencia, deberá la ciudadana ARELYS YAMILETH VERDE CHÁVEZ, hacer entrega del inmueble que ocupa en calidad de arrendataria, libre de objeto.....