Se dicto decisión en la cual éste Juzgado se declara INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para el conocimiento de la demanda incoada por el INSTITUTO AUTÓNOMO REGIONAL DE TECNOLOGÍA Y DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADO BOLÍVAR (IRTAB) en contra tanto de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA LA VICTORIA 021, R.L., como de la Sociedad Mercantil UNIVERSAL DE SEGUROS, C.A.-