Se DECRETÓ la EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el treinta y uno (31) de octubre de 2011, mediante la cual declaró con lugar la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Francisco Pacheco contra la empresa Hidrobolívar, C.A., y le ordenó cesar en su conducta omisiva y dar cumplimiento inmediato a la Providencia Administrativa Nº 2009-252 dictada el nueve (09) de julio de 2009 por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar que declaró con lugar el reenganche y pago de los salarios caídos del accionante