Se dictó sentencia declarándose competente y se admitió la la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano GREGORIO DÍAZ, contra la presunta negativa del INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO BOLÍVAR de acatar la Providencia Administrativa Nº 2009-00069, dictada en fecha veintinueve (29) de mayo de 2009, por la Inspectora del Trabajo de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el accionante.