DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana GUAITA BRICEÑO MARIANA ALTAGRACIA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V-14.743.628, con domicilio procesal ubicado en la séptima avenida, entre calles 11 y 12, edificio Rental, piso N° 02, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistida por la abogada GARCÍA ZORAN, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 101.723, en su carácter de Defensora Pública, con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, contra el ciudadano OLIVEIRA ILLESCA JUAN CARLOS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V- 15.343.562, con domicilio ubicado en el km 18 Lomas de Urquia, Carrizales, urbanización Los Pinos, torre 1, piso 4, apartamento 4-5 del estado Miranda; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, cont.....