Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado JUAN CARLOS ARVELÁEZ, en su carácter de co-apoderado judicial del ciudadano PETROS PAPAFILIS, parte actora en la presente causa, cursante al folio 21, con ocasión al juicio que por FRAUDE PROCESAL, incoara en contra de los ciudadanos FAWAZ NASSER DAREB, ROSARIO DE JESÚS MACUARISMA FUGUERA y HERNÁN ESPINOZA, todos identificados ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda confirmada la decisión dictada en fecha 04/06/2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Segundo Circuito J.....