Vista la solicitud anterior presentada por los ciudadanos Yeltza Coromoto Rodríguez y Florencio Antonio Montoya Pérez, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.284.961 y 11.271.720, respectivamente , residenciados en el sector brisas del Terminal, calle 2, casa Nro 34, Municipio Independencia del estado Yaracuy y en el sector brisas del Terminal calle 2, casa Nro 39, Municipio Independencia estado Yaracuy, en su carácter de padres de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), de quince (15) y diecisiete (17) años de edad respectivamente, quienes se encuentra asistida por la Abg. ANA GABRIELA FLORES, Defensora Pública Primera Auxiliar Tercera, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy y con Competencia en Materia del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contenido en acta de fecha 20 de Enero de 2015, el cual queda establecido en los siguientes términos:
EN CUANTO A LA .....