Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos JOSE RAMON CAIÑA MONTERO y JIMENEZ MARCANO RUTH DE LAS MERCEDES, en su condición de representantes legales de la Sociedad mercantil AUTO SHOW, C.A., contra decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en el expediente signado por ese Despacho Judicial con el No. 11.965, contentivo de la demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA, incoada por la empresa AUTO SHOW, C.A., en contra de la Sociedad mercantil SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS RITOQUE, C.A. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinari.....