DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: GONZALO GUILLERMO AGUIAR PINEDA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.365.931 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor del niño: (Identificación Reservada), de trece (13) días de nacido y de este domicilio, por la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 271,00), semanales pagaderos los días viernes de cada semana los cuales entregará directamente a la demandada, previo recibo firmado por ésta y en caso que no los quiera recibir los consignará por ante este juzgado o en la cuenta que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Adicionalmente a la referida cuota de m.....