De este modo, este Juzgado Sustanciador al observar el contenido del escrito libelar, evidencia que la parte actora al realizar las reclamaciones para algunos conceptos son realizadas utilizando como base legal la Convención Colectiva de Trabajo de la Construcción, 2013-2015, mientras que para otros conceptos utiliza como base legal las disposiciones contempladas en la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras; generando en consecuencia a juicio de quien suscribe una reclamación bajo una multiplicidad de normas, por lo que se requiere que la parte actora especifique el estamento legal a utilizar o en caso contrario los motivos por los cuales a los hechos (conceptos) reclamados se le aplica el derecho invocado.
En consecuencia, este Despacho Saneador, pretende sanear el proceso de aquellos defectos formales que impiden y obstaculizan el ejercicio de la defensa de la contraparte al no estar suficientemente especificados los supuestos de hecho que deben luego ad.....