DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuelay por autoridad de la Leydeclara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos:ARELYN DE LOS ANGELES GUTIERREZ MARTINEZY LUIS OBERTO PEÑA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nrosº. V-15.852.817Y V-11.197.046, respectivamente, asimismo en fecha16 de diciembre del 2.016 contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar (Parroquia Unare), tal y como se evidencia en la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro.564, Libro 5 de los libros Matrimonios del año 2.016, acompañada la presente causa. La mujer no podrá.....