Se declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado GREBER MENESES, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de Febrero de 2009 por el Tribunal Noveno (9º) de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.