DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Terminado el Procedimiento de Apelación; que fuera ejercido por la abogada Eunice Ríos, quien funge como defensora pública de la ciudadana MARIA DEL CARMEN GONZALEZ, a los fines de refutar el pronunciamiento emitido por el Juez 1º de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, que fuere dictado en fecha 08 de Octubre de 2014, en ocasión a la celebración de la audiencia de presentación de imputados, en la cual se decreta medida privativa judicial de libertad, en contra de la ciudadana MARIA DEL CARMEN GONZALEZ, de conformidad con el artículo 236 ordinales 1º, 2º y 3º y 237, numerales 2º y 3º y 238 del código orgánico procesal penal; tal resolución, en efecto a la pérdida del inter.....