Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA: LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, impuesta al Joven Adulto (IDENTIDAD OMITIDA), por cumplimiento de la referida sanción, atendiendo a lo preceptuado en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: PREVIA REVISIÓN DE LA SANCIÓN DE REGALS DE CONDUCTA, ORDENA SU SUSTITUCIÓN POR LA DE LIBERTAD ASISTIDA por espacio de CINCO (5) MESES Y TRECE (13) DÍAS; conforme a lo pautado en el artículo 647, literal e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. TERCERO: DEJA SIN EFECTO la orden de captura decretada por este Tribunal de Ejecución en fecha 11/01/06, contra el joven (IDEN.....