este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACION Y HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO efectuado por la parte demandante, abogado Héctor León Escalona González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.648.851 inscrito en el Inpreabogado con el N° 94.815, parte demandante y el ciudadano Virgilio Antonio Perez, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad 13.503.573 asistido de la Abogada Isbelia Fuentes, inscrita en el Inpreabogado con el N° 17.586, parte demandada, conforme lo establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia se procede como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En cuanto a lo solicitado, se acuerda la entrega los cheques a la parte demandada, cursante a los folios 7 y 9 del .....