Por las razones expuestas este Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS que cursa por ante el mismo y, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que une a los ciudadanos LUISANA YOSMAR DOMINGUEZ SANCHEZ y JUAN CARLOS SANTAMARIA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad No. V- 19.297.513. y V- 17.041.370., respectivamente, y de este domicilio.
La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido de quien fue su cónyuge y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias.