administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: De conformidad con lo establecido en el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, Decreta: Separados legalmente de cuerpos y bienes de los ciudadanos ANGELB MARBELY CORTEZ DE VALERO Y JACKSON ALEXANDER VALERO, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.468.525 y 16.483.320 respectivamente, en la calle 15, callejón Nro 2, Tamarindo II, Municipio Bruzual del estado Yaracuy y al final de la calle 15, Lambruschini, Municipio Bruzual estado Yaracuy, asistidos por el abogado Eric Duran, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.722, y en consecuencia, se suspende la vida en común de los mismos de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y siguientes del Código Civil Venezolano. Así se decide.
De conformidad con lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes el .....