Vista la solicitud anterior presentada por los ciudadanos Lorena Obispo Colina y Gabriel Antonio Valera, titulares de las cédulas de identidad Nº 18.759.368 y 15.285.874, respectivamente, residenciados en el Poblado la cero, sector Araguaney, Tercera Calle, casa S/N, Yumare, Municipio Manuel Monge estado Yaracuy y en el Sector La Cero, calle caracas, casa Nro 243, Yumare, Municipio Manuel Monge estado Yaracuy, en su condición de representantes legales del adolescente : (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), de 12 años de edad, quien nació en fecha 8 de agosto de 2003, según se evidencia del acta de nacimiento Nro 385, del año 2003, expedida por la Dirección de Registro civil del Municipio Manuel Monge del estado Yaracuy, quien se encuentra representada por la Abg. REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, Fiscal Séptima el Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, contenido en acta de fecha 19 de noviembre de 2015, el cual queda establecido en los si.....