DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: MAURICIO JOSE ROMERO TERAN y BARBARA MERCEDES LOPEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, de profesión Promotor de Venta el primero de los nombrados y secretaria la segunda, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 6.268.577 y 6.550.937, respectivamente, asistidos por la Abogado en ejercicio Ana Jacinta Torrealba, Inpreabogado No. 10.416. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha: 16 de Diciembre de 1991, por ante Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta No. 417.
No hay pronunciamiento sobre los hijos, por cuanto los solicitantes manifestaron que durante vínculo matrimonial no procrearon, ni sobre los bienes, ya que manifestaron no haberlos adquiridos, pero en caso de existir bienes, procédase a su liquidación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, c.....