En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos YELITZA JOSEFINA LUCES JIMENEZ y GUSTAVO SEGUNDO VALDERRAMA, ambos suficientemente identificados en autos, por la RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, tal como lo establece el artículo 185-A del Código Civil, y así declara disuelto el vínculo matrimonial que por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Federal, celebraron los mencionados ciudadanos el día 12 de mayo de 1.998, según se evidencia del acta N° 64, del año 1998.-
Liquídense los bienes de la sociedad conyugal si los hubiere.-