Se dictó decisión mediante la cual se CONFIRMA las Medidas de Protección y Seguridad, impuestas por el Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el articulo 87 numerales 3º, 4º 5º y 6º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en consecuencia, visto la negativa por parte del denunciado a cumplir con la medida, se ordena la ejecución de la medida consistente en la salida del presunto agresor de la vivienda en común ubicada en Urbanización Villa Africana, casa Nigeria, Manzana 20, Casa Nº 12, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, la cual se ejecutara mediante el auxilio de la fuerza pública, para lo cual se comisiona a la Comisaría Policial Nº 24, Los Olivos.