Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por el ciudadano DENNYS ENRIQUE PERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.649.057, debidamente asistido por las ciudadanas OLIVIA THAIS VERA y/o OLIMI THAIS PLACERES VERA, abogadas en ejercicio e inscritas en el IPSA bajo los Nros. 107.669 y 209.445, respectivamente, contra la ciudadana YEANNELIS DEL VALLE CARABALLO DE PERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.661.311; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha Veintisiete (27) de Septiembre de 2002, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Caroní del Estado Bol.....