este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ateniéndose a la confesión en que ha incurrido la parte demandada, de conformidad con el artículo 362 del Código de Procedimiento en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DECLARA LA CONFESIÓN FICTA de los ciudadanos CARMEN JOSEFINA HERRERA DE OLEAGA E IVAN GUSTAVO OLEAGA, venezolanos, de este domicilio, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.170.974 y V-8.881.106, respectivamente.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado interpuesta por la ciudadana ISMENIA ADALGISA ROJAS DE TODD, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro.V-8.89.634.
TERCERO: Reconocido el Documento Privado que se presento junto al libelo de la demanda y obra inserto al folio cinco (05) del pres.....