Se declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado MIGUEL MENA en su condición de apoderado judicial de la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 04 de mayo de 2009, dictada por el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.