este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación propuesto por la ciudadana Merlys Ysagel Heredia Macias, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 12.472.645, debidamente asistida por el abogado Moisés Bensayan e inscrito en el IPSA bajo el N° 183.180, actuando en su carácter de tercera interviniente, contra la decisión dictada por esta Alzada.