Por todas las consideraciones expuestas, el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolivariano Angostura del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara CON LUGAR, y valida la Solicitud de Obligación de Manutención, incoada por la Ciudadana: JOHANNA ALEJANDRA MAURERA GONZALEZ, a favor de su hijo SANTIAGO ALEJANDRO NUÑEZ MAURERA, todos identificados todos en autos, por lo que se fija los siguientes montos para cumplir con la Obligación de Manutención de forma Mensual y Consecutiva se acordó Medidas de Embargo Ejecutivos del 40% sobre el sueldo Integral, 40% de Vacaciones, 40% de Utilidades, 40% de cualquier Bono de Producción, Días por año, 40% de las Prestaciones Sociales, y cualquier otro beneficio que como trabajador activo percibe el ciudadano DAYZHIÑO EDUARDO NUÑEZ BAGALOO, en la empresa C.V.G. FERROMINERA ORINOCO C.A. Así.....