Los prenombrados ciudadanos manifiestan al Tribunal que han llegado a un acuerdo que dará por terminado el presente procedimiento: Seguidamente la parte demandada, ofrece pagar a la ciudadana FRANCESKA TORRES, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 20.222.875, el pago ofertado por la demandada es acordado por todos y cada uno de los conceptos reclamados en la demanda, los cuales se dan totalmente por reproducidos en la presente acta incluyendo los intereses moratorios y compensatorios, dando la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000), asimismo la representación judicial de la parte demandada menciona que el monto será pagado el día Miércoles 15 de Abril de 2015 por medio de cheque no endosable a nombre de la trabajadora FRANCESKA TORRES, ya identificada en autos.
En este estado intervienen las representantes judiciales de la parte actora y exponen: "Acepto la oferta presentada por la demandada, con el objeto de poner fin al presente juicio declarando que con est.....