Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana FRAIRETH FABRINA ESTHEPHANY SUAREZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.542.726, domiciliada en la carrera 11, esquina calle 10, casa Nro 19, Yaritagua, Municipio Peña estado Yaracuy para que en nombre y representación de su hija la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, proceda a cobrar a favor de el, la suma de dinero que le correspondía a su padre ciudadano HENRY ALEXANDER ROMERO QUINTERO quien se identificaba con el Nro de cedula 17.612.449, quien falleció en fecha 08/01/2012, por Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Seguro de Vida, Ley de Política Habitacional, Pensión de Sobreviviente, por haber prestado sus servicios en la empresa Proter&Gambel, ubicado en la ciudad de Barquisimeto estado Lara. Asimismo.....