DISPOSITIVO:
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se REVOCA, el auto de admisión de la presente demanda, quedando nulos todos los actos procesales posteriores a él. En consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE la presente acción de NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por la ciudadana: BELTRANA HERMENEGILDA ARREAZA TOMEDES contra el ciudadano: JOSEPH AHMAR, plenamente identificados en autos, por todas las razones y consideraciones señaladas en el presente fallo. Y así expresamente se decide.-