Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano abogado LUIS DÁVILA, plenamente identificado en autos, en su condición de apoderado judicial de la parte de demandante, contra de la sentencia de fecha 03 de Abril de 2009 por el Tribunal Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.