"En consecuencia, este Tribunal de Control estima jurídicamente procedente y ajustado a derecho, declarar como en efecto se hace en este mismo acto, Con Lugar, la solicitud presentada tanto por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, como por los abogados ANTONIO JOSE RIVERO BERRIOS y LUIS FRANCISCO VILLAMIZAR MOLINA (...), procediendo en nombre y representación de las ciudadanas: ROSTANY PAMELA TERAN HEVIA (...), SANDY SINDY GONZALEZ ARAUJO (...), DANIELA CAROLINA RIVERO SANABRIA (...), CARMEN AIDE SOTO (...), y MILDRE YOSELIN MARTINEZ DUGARTE, (...), quienes, a su vez, proceden como Representantes Legales de sus menores hijos, (Se omite su identidad conforme al Art. 65 LOPNA), los cuales figuran como únicos y universales herederos del causante, quien en vida respondía al nombre de JOSE ALIRIO SALINAS VIELMA, (...), con la única salvedad del caso referido a la Empresa Mercantil, Emisora de Radio "FM ALI MUSIC C.A.", y a las Armas de Fuego, mencionadas, donde el Tribunal de Contro.....