D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: ANULA DE OFICIO la decisión proferida por el Tribunal 1º de Primera Instancia En Funciones De Juicio del Circuito Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de fecha 25 de Enero de 2012, mediante la cual el A quo Niega la Solicitud de Declinatoria de Competencia esgrimida por la defensa Privada Abg. José Miguel Plaz a favor del precitado ciudadano JHOAN JOSÉ CALZADILLA, ello de conformidad con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal en sintonía con el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 190, 191 y 195 de la Ley Adjetiva Penal, por ser violatoria de normas procedimentales, así como de la Tutela Judicial Efectiva, Debido Proceso, Derecho a la Defensa; en.....