es por lo que este Tribunal en base a las declaraciones escuchadas, así como el material probatorio aportado en el presente asunto, de conformidad al artículo 936 del Código de Procedimiento Civil declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus, ADRIANA MERCURY FLORES quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-26.951.668, quien falleció Ab-Intestato, el día Veinticinco (25) de Marzo del Dos mil Diecinueve (2019), a consecuencia de SEPSIS PUNTO DE PARTIDA, PIEL PARTES BLANDAS, ESCARAS SACRAS, tal como se evidencia del Acta de Defunción Nro. 43, del año 2019, emanada del Registro Civil Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda, a la ciudadana: IVETTE EMILY HAMILTON MERCURY, JUDITH ADRIANA HAMILTON MERCURY, ANGELA ELIZABETH HAMILTON MERCURY y YANETTE HAMILTON MERCURY (DIFUNTA), venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-5.886.680, V-5.886.681, V-4.984.270 y V-5.886.674 (en su condición de sobr.....