Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, intentada por la ciudadana TULIA CAROLA CAMPOS DE MIRANDA, venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad números V-8.879.120, asistida por los abogados en libre ejercicio JOSE RAMON MIRANDA SANCHEZ y NANCY CAROLINA MIRANDA CAMPOS.