En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia de Obligación de Manutención, en beneficio de la niña LURIZMAR DE JESÚS SÁNCHEZ OCHOA, nacida en fecha 3 de febrero de 2004 dictada por el tribunal en fecha 9 de junio de 2014, por cuanto no fue demostrado el cumplimiento de la misma por parte del ciudadano NERIO JOSÉ SÁNCHEZ PINEDA, venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad números 14.209.157. En consecuencia, siendo que el demandado adeuda la suma de OCHO MIL OCHENTA BOLIVARES (Bs. 8.080,00), se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en contra del ciudadano NERIO JOSÉ SÁNCHEZ PINEDA, antes identificado, quien labora en el INSTITUTO AUTONOMO DE LA POLICIA DEL ESTADO YARACUY (IAPEY) de la ciudad de San Felipe del Estado Yaracuy, en tal sentido se acuerda oficiarle, a fin de informarle que dicha medida recae sobre:
La cantidad de OCHO MIL OCHENTA BO.....