Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA APELACION DE FECHA 28 DE JUNIO DE 2012, FORMULADA POR EL ABOGADO YOEL JOSE CASTRO PIÑERO, en su condición de apoderado judicial de la parte co-demandada ciudadano SAUL ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ, en contra del auto de fecha 21 de Junio de 2012, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y en consecuencia se ordena la admisión de la prueba promovida en el Capítulo Primero del escrito de pruebas, así mismo se revoca el auto, solo en lo que respecta a la negativa de admitir la prueba de testigos promovida en el Capítulo PRIMERO del escrito de pruebas d.....