´´DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por el ciudadano MEDINA HERNÁNDEZ JHONATAN LUIS ARTURO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-29.990.474, con domicilio procesal ubicado en la séptima avenida, entre calles 11 y 12, edificio Rental, piso N° 02, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistido por la abogada GARCÍA ZORAN, inscrita en el Inpreabogado con el N° 101.723, en su carácter de Defensora Pública con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito, adscrita a la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, contra la ciudadana PAREDES HERRERA NELGREHISY NAZARETH, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° V-29.530.785, domiciliada en la Ciudadela Hugo Rafael Chávez Frías, zona 14, edificio 2, apartamento 0-6, municipio San Felipe, estado Yaracuy; en consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído entre el ciudad.....