PRIMERO: CON LUGAR la Acción de amparo Constitucional incoada por la ciudadana DIANA CAROLINA CEBALLOS NIEVES, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.788.707, en contra de la empresa PANADERIA EXQUISITECES LA ESMERALDA C.A., plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: Se ordena al agraviante PANADERIA EXQUISITECES LA ESMERALDA C.A., dé cumplimiento de la providencia administrativa, y como consecuencia de ello, se debe reenganchar a la trabajadora DIANA CAROLINA CEBALLOS NIEVES, y pagarse los salarios caídos desde la fecha que fueron notificados por el órgano administrativo del procedimiento de solicitud de Reenganche hasta el cumplimiento definitivo de dicha orden.
TERCERO: Se ordena a la agraviante PANADERIA EXQUISITECES LA ESMERALDA C.A., el cese de cualquier conducta que atente contra la inamovilidad que ampara a la hoy quejosa, desde la fecha de ejecución del presente fallo.
CUARTO: Se le informa a la empresa PANADERIA EXQUISITECES LA ESMERALDA C.A, que.....