VI
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el Abogado JOSE DE ABREU, en su condición de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviante, contra la decisión dictada en fecha 13 de Agosto de 2013 por el Tribunal 4º de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en Acción de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 13 de Agosto de 2013 por el Tribunal 4º de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en Acción de Amparo Constitucional..
TERCERO: No hay condenatoria en cos.....