En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO POR VIA TRANSACCIONAL efectuado por las partes (demandante y demandada), con motivo del juicio de Cumplimiento de Contrato (COMPRA VENTA), interpuesto por la ciudadana NAZIHA BITAR DE AL DALI contra MARIA ALEJANDRA FARIA MARSIGLIA Y NOEMI CECILIA MARSIGLIA DE FARIA, todas up supra identificados; téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad en lo previsto en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase copia certificada a las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en la página Web oficial www.tsj.gob.ve, Déjese copia.....