En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 03 de Diciembre de 2.009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, inserto del folio 288 al 291 de este expediente, la cual dictamina con lugar la oposición de terceros formulada por el ciudadano RAFAEL BENJAMIN ROMAN representado judicialmente por la abogada MARIYUVIS ZERPA; y en consecuencia se ORDENA REPONER el procedimiento contentivo en el cuaderno de medidas al estado de que el Juez que resulte competente, dicte el correspondiente pronunciamiento, EN FORMA INMEDIATA, sobre las oposiciones fo.....